En el futuro, las empresas tendrán que informar de forma más exhaustiva que antes sobre los impactos y riesgos de sus actividades comerciales. Podrán ser sancionadas si no cumplen los requisitos de debida diligencia correspondientes. Lo que las empresas deberían hacer ya para seguir siendo un socio comercial atractivo.

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Cómo pueden las empresas gestionar sus riesgos de sostenibilidad

Por Michael Wiedmann (Norton Rose Fulbright) y Frank Graichen (DQS GmbH)

Hace más de 20 años, las primeras empresas se adhirieron al Pacto Mundial de la ONU [1]. Desde entonces, es la iniciativa más grande e importante del mundo en materia de gobierno corporativo responsable. La visión del Pacto Mundial de las Naciones Unidas es una economía global inclusiva y sostenible basada en sus diez principios universales. Al adherirse, las empresas se comprometen a respetar los diez principios y a informar anualmente sobre los avances y problemas en la aplicación de los mismos. Como los informes se basan en la autodivulgación voluntaria y no están sujetos a verificación, se cuestiona la seriedad de estos informes.

En 2011, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU [2] adoptó los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos (Principios Rectores) [3], que crearon la obligación para los Estados miembros de consagrar por ley el respeto de los derechos humanos a lo largo de las cadenas de suministro de las empresas y de demostrar cómo están cumpliendo estas obligaciones con informes obligatorios.

Planes de acción en 23 países del mundo

Los Principios Rectores son el punto de partida de una serie de leyes en todo el mundo que han pedido a los legisladores que exijan a las empresas que informen sobre los abusos de los derechos humanos en sus cadenas de suministro. La primera ley de este tipo fue la Ley de Transparencia en las Cadenas de Suministro de California en 2012 [4], que a su vez fue el modelo para la Ley de Esclavitud Moderna del Reino Unido en 2015 [5].

Actualización: Nuevo avance en la ley de la cadena de suministro.

El viernes 12 de febrero de 2021, el gobierno alemán llegó a un acuerdo sobre los puntos clave de una ley sobre la cadena de suministro que se aplicará el 1 de enero de 2023. Como informó el programa de noticias alemán "tagesschau.de" el 12.02.2021, los tres ministerios implicados habían "logrado un gran avance en la larga disputa sobre una ley de la cadena de suministro sobre el cumplimiento de los derechos humanos y las normas medioambientales".

El blog de DQS publicará próximamente un artículo sobre el alcance previsto de la ley y las implicaciones para que las empresas cumplan con su responsabilidad social a lo largo de la cadena de suministro.

Al mismo tiempo, tanto las Naciones Unidas [6] como la UE [7] hicieron un llamamiento a sus miembros para que adoptaran Planes de Acción Nacionales (PAN) [8] para aplicar los Principios Rectores. Este llamamiento ha sido atendido por 23 países de todo el mundo, que han elaborado planes de acción con llamamientos específicos a las empresas locales [9]. De este modo, las empresas alemanas con actividad internacional no sólo tienen que observar el PNA del gobierno alemán, sino también, en su caso, los PNA de los países en los que están presentes con filiales.

Si bien las primeras leyes y las obligaciones resultantes seguían siendo relativamente no vinculantes para las empresas, en los últimos años se han promulgado otras leyes nacionales, en Francia en 2017 [10] y en los Países Bajos en 2019 [11], que imponen a las empresas no solo obligaciones de información, sino también de diligencia debida, cuyo incumplimiento puede ser sancionado.

Ampliación de las obligaciones de información

La UE también está pensando en la misma línea. La Directiva sobre Responsabilidad Social de las Empresas (RSE) [12] adoptada en 2014, que obliga a más de 6.000 empresas de toda Europa a informar también sobre sus actividades de sostenibilidad, está siendo revisada desde febrero de 2020 en el marco de una consulta. Se espera que la obligación de informar se amplíe a más empresas en el futuro y se haga mucho más específica. Esto significa que las empresas harán que sus proveedores proporcionen la información requerida incluso más que antes.

El Comisario de Justicia de la UE, Didier Reynders, ha anunciado una ley europea sobre la cadena de suministro para el cumplimiento de las normas de derechos humanos y protección del medio ambiente en 2021 [13]. Con la adopción de dicha ley sobre la cadena de suministro, es probable que se exija a las empresas que demuestren que han hecho lo que corresponde a su tamaño y contribución a la causa para prevenir o mitigar las violaciones de los derechos humanos o los daños al medio ambiente. Si no aportan pruebas de un análisis de riesgos y de la aplicación de medidas para evitarlos o reducirlos, es probable que sean sancionadas.

Estos planes legislativos de la UE se enmarcan en el "Green Deal" de la Comisión de la UE presentado en diciembre de 2019, cuyo objetivo es que Europa crezca de forma neutra para el clima. Esto requiere una transformación de la economía y de las cadenas de suministro, incluido el desarrollo de una financiación sostenible [14].

Finanzas sostenibles

Transformar las finanzas significa que la UE animará a las empresas a centrarse en los objetivos a largo plazo y en los retos y oportunidades asociados al desarrollo sostenible. Esto implica que los riesgos climáticos y medioambientales deben gestionarse plenamente e integrarse en las consideraciones empresariales, prestando la debida atención a los riesgos sociales, como las violaciones de los derechos humanos en las cadenas de suministro transfronterizas [15].

Como primer paso en este camino, la UE ha introducido un sistema de clasificación de las inversiones sostenibles y respetuosas con el clima: la "taxonomía" [16]. En el futuro, los tipos de interés favorables en los préstamos para inversiones dependerán también de la medida en que las inversiones, directa o indirectamente, no tengan impactos adversos sobre las personas, el clima y el medio ambiente.

El catálogo de obligaciones se amplía

Por tanto, las empresas deben estar preparadas para informar de forma más exhaustiva que antes sobre los impactos y riesgos de sus actividades empresariales, sus relaciones comerciales y las de sus productos y servicios [17], y para ser sancionadas por el incumplimiento de las obligaciones de diligencia debida relacionadas. O bien estas obligaciones legales les afectarán directamente, o bien estas obligaciones les serán transmitidas cada vez más por sus socios comerciales.

Por lo tanto, las empresas deberían empezar ya a examinar toda su cadena de valor en busca de riesgos de sostenibilidad, evitarlos o al menos reducirlos de forma significativa (a medio y largo plazo) para seguir siendo un socio comercial atractivo o no sufrir efectos adversos en futuras financiaciones.

Los sistemas de gestión sirven de barandilla

La recomendación de centrarse en los riesgos de sostenibilidad plantea ahora la interesante cuestión de hasta qué punto los sistemas de gestión existentes son adecuados para apoyar a las empresas en esos análisis de riesgos, y qué puntos de contacto puede haber, por ejemplo, en la ISO 9001, la ISO 14001 o la ISO 45001.

La estructura básica de la ISO (High-Level-Structure, HLS), que se introdujo hace años, ha demostrado ser útil a este respecto. Ha dado lugar a que todas las normas de sistemas de gestión tengan una estructura similar, establezcan requisitos en gran medida idénticos en relación con el área temática respectiva y utilicen una terminología armonizada.

Implicar a las partes interesadas

En concreto, a continuación se abordarán las correlaciones entre la RSE y los temas "contexto de la organización y partes interesadas", "política (de calidad/medioambiental)" y "riesgos y oportunidades en relación con los compromisos vinculantes".

Con la introducción (prevista) de requisitos de información ampliados y una ley sobre la cadena de suministro que influirá notablemente en la relación interna entre una organización y sus proveedores, se producen cambios en los "temas externos" y en el "contexto" en el que opera una empresa (véase ISO 9001, cap. 4.1). Igualmente se ven afectados los requisitos y las expectativas de las partes interesadas (véase ISO 9001, cap. 4.2), que pasan a ser "relevantes" y, por tanto, obligatorios/vinculantes, simplemente porque los requisitos legales y reglamentarios se formulan con las obligaciones de información y la Ley de la Cadena de Suministro.

La configuración de la política de calidad y medio ambiente

Las referencias directas y derivadas también surgen al definir la política de la empresa. Por ejemplo, la política de calidad y/o medioambiental debe incluir "el compromiso de cumplir los requisitos aplicables" (ISO 9001, cap. 5.2.1c). Una directiva europea o una ley es, sin duda, un requisito aplicable. Además, las normas del sistema de gestión exigen que la "política (de la organización) sea apropiada para (...) el contexto".

Así, cuando el contexto cambia y las expectativas de los consumidores, las organizaciones financieras y los legisladores modifican directa o indirectamente los requisitos de la estrategia, los productos, los servicios, los procesos y las cadenas de suministro de una organización, esto puede -de hecho, debe- reflejarse en una política corporativa modificada y adaptada.

Con respecto al tema "Riesgos y oportunidades" (ISO 9001, cap. 6.1.1), se ponen de manifiesto tres aspectos y preguntas que las empresas deberían ser capaces de analizar y responder por sí mismas:

  • ¿Qué efectos indeseables tendría para la empresa el hecho de que sólo cumpliera inadecuadamente con una posible obligación de informar o que no se pudiera demostrar una consideración adecuada del cumplimiento de los derechos humanos y/o la evitación de daños relevantes para el medio ambiente en las cadenas de suministro?
  • ¿Qué oportunidades y posibilidades se derivarían de un compromiso coherente y un posicionamiento activo de la empresa con respecto a la RSE, por ejemplo, en términos de imagen, posicionamiento de marca, cuotas de mercado, desarrollo de nuevos grupos objetivo, ventas e ingresos?
  • ¿Tiene la empresa en cuenta los requisitos que podrían derivarse de la Directiva de RSE y de la Ley de la Cadena de Suministro como parte de sus procesos de gestión de proveedores y de compras? ¿Y qué información, incluidos los acuerdos contractuales, se proporciona a los "proveedores externos" (ISO 9001, capítulo 8.4.3)?

Esto hace que sea casi imperativo integrar estos temas en las auditorías internas y externas lo antes posible y derivar ajustes en los procesos corporativos pertinentes a partir de los resultados obtenidos.

Los autores

Michael Wiedmann es abogado especializado en cumplimiento normativo en la oficina de Frankfurt de Norton Rose Fulbright. En el Instituto Alemán de Compliance e.V. (DICO), también participa como copresidente del grupo de trabajo de RSC/derechos humanos. Frank Graichen dirigió la división de Gestión y Competencia de Auditores de DQS GmbH, es auditor de la norma ISO 9001 y conferenciante sobre temas de auditoría en la Sociedad Alemana para la Calidad (DGQ), Frankfurt/Main.

¿Tiene alguna pregunta?

Estaremos encantados de hablar con usted.

Fuentes

1 Diez principios del Pacto Mundial: https://www.globalcompact.de/ de/ueber-uns/deutsches-netzwerk.php.
2 Detalles sobre el Consejo de Derechos Humanos: https://www.ohchr.org/EN/HRBodies/HRC/Pages/Home.aspx.
3 Principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos: https://www.globalcompact.de. Enlace directo al PDF: https://bit.ly/3ko346H
4 Ley de Transparencia en las Cadenas de Suministro de California de 2010: https://oag.ca.gov.
5 Ley sobre la Esclavitud Moderna de 2015: http://www.legislation.gov.uk.
6 Grupo de Trabajo de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos
7 Comisión de la UE, Estrategia de la UE para la RSE 2011 - 2014, p. 1, https://www.europarl.europa.eu. Enlace directo al PDF: https://bit.ly/2FJVi86
8 PNA alemán: https://www.csr-in-deutschland.de/DE/Wirtschaft-Menschenrechte/wirtschaft-menschenrechte.html
9 Lista del Alto Comisionado para los Derechos Humanos: https://www.ohchr.org/EN/Issues/Business/Pages/NationalActionPlans.aspx.
10 LOI n° 2017-399 du 27 mars 2017 relative au devoir de vigilance des sociétés mères et des entreprises donneuses d'ordre: https://www.legifrance.gouv.fr.
11 Ley de 24 de octubre de 2019 por la que se aprueba la aplicación de un reglamento para el control de las mercancías y los productos que se venden con la ayuda de la educación infantil en el mercado: https://zoek.officielebekendmakingen.nl.
12 Directiva 2014/95/UE: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/DE/TXT/PDF/?uri=CELEX:32014L0095&from=EN
13 Grupo de trabajo del Parlamento Europeo sobre la conducta empresarial responsable, seminario web del 29.04.2020.
14 Un trato verde europeo: https: //ec.europa.eu/info/
15 Consulta de la UE sobre financiación sostenible (la consulta estuvo abierta hasta el 15.07.2020): https://ec.europa.eu/info/consultations/finance-2020-sustainable-finance-strategy_en
16 Más información sobre la "taxonomía" y los resultados del Grupo de Trabajo Técnico sobre Finanzas Sostenibles: https://ec.europa.eu/info/publications/sustainable-finance-technicalexpert-group_de
17 Recomendación del Consejo Consultivo de Finanzas Sostenibles del Gobierno Federal de Alemania, Informe provisional - La importancia de las finanzas sostenibles para la gran transformación del 5.03.2020: https://sustainable-finance-beirat.de/en/publications/

Nota

El artículo anterior apareció por primera vez en el número 09/2020 de la revista comercial alemana "QZ Qualität und Zuverlässigkeit". Se publica aquí con la amable autorización del editor.

Autor
Michael Wiedmann

From June 2017 to December 2020, Michael Wiedmann was a compliance lawyer in the Frankfurt office of Norton Rose Fulbright. Prior to that, he held a wide variety of management positions at METRO Group for two decades; including Chief Compliance Officer, Senior Vice President Public Affairs, Head of Corporate Development/ General Manager, General Counsel and Company Secretary. He has extensive experience in compliance, governance and corporate matters, which he brings to bear in advising his clients, particularly in the development and design of compliance management systems. In addition to his involvement with the German Institute for Compliance e.V. (DICO) as co-chairman of the CSR/Human Rights working group, Michael Wiedmann regularly publishes on the topics of human rights and whistleblowing. Furthermore, he is a member of the executive committee of the German Wettbewerbszentrale in Bad Homburg, which combats unfair commercial practices.

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