La nueva Directiva Europea de Sostenibilidad Empresarial (CSRD) hace obligatoria la elaboración de informes de sostenibilidad para las grandes empresas. A continuación, le daremos una idea del contexto jurídico y le explicaremos qué cambios se avecinan para las empresas afectadas.

La Directiva sobre Sostenibilidad Corporativa (CSRD) sustituirá en breve a la Directiva sobre Informes No Financieros (NFRD) a partir de 2014. La legislación sobre informes de sostenibilidad está experimentando una actualización fundamental como consecuencia de la nueva directiva.

¿Cuál es el contexto político de la CSRD?

La CSRD forma parte del "Pacto Verde Europeo", un paquete de iniciativas políticas diseñadas para sentar las bases de una transición ecológica en la UE y conseguir que la asociación de Estados sea climáticamente neutra en 2050. Prioridad política de la UE, este objetivo es ambicioso y sensible al tiempo, lo que explica los breves periodos de transición a los que se enfrentan las empresas.

En cuanto al contenido, el Green Deal está concebido para canalizar los flujos de capital específicamente hacia inversiones sostenibles. Para ello, la UE ha puesto en marcha las siguientes iniciativas:

  • El Reglamento sobre Divulgación de Información Financiera Sostenible (SFRD), que obliga a las empresas fabricantes de productos financieros y a los asesores financieros a divulgar información sobre sostenibilidad.
  • Las Normas de Bonos Verdes (GBS), que identifican las inversiones sostenibles en el mercado de capitales.
  • La Taxonomía Medioambiental, que define las actividades económicas "verdes".
  • La Directiva sobre Diligencia Debida para la Sostenibilidad Empresarial (CSDD), que obliga a las empresas que operan en la UE a respetar los derechos humanos y el medio ambiente en las cadenas de valor mundiales.
  • Y la Directiva sobre Sostenibilidad Empresarial (CSRD), que hace transparente y comparable la información sobre sostenibilidad de las grandes empresas dentro y fuera de la UE.

La NFRD/CSRD establece las normas generales de información sobre sostenibilidad. Es una directiva que los Estados miembros deben incorporar a su legislación nacional.

¿Afecta la Directiva a mi empresa?

Aquí puede averiguar qué umbrales determinan si las empresas están afectadas y cuál es el calendario.

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¿Cómo cambiará la obligación de informar sobre la RSE?

Alemania había incorporado la Directiva de la UE NFRD a la legislación nacional con la Ley de Aplicación de la Directiva RSE (CSR-RUG) en 2014. En Alemania, solo unas 550 empresas orientadas al mercado de capitales entran en el ámbito de aplicación de la CSR-RUG. En la UE, solo unas 11 700 empresas están obligadas a divulgar información no financiera.

Además, la obligación de informar en virtud de la CSR-RUG solo se aplica si las actividades de la empresa tienen un impacto negativo tanto en el resultado empresarial como en las personas y el medio ambiente. Esta denominada doble materialidad tiene un claro objetivo para el inversor, a saber, combinar la rentabilidad a largo plazo con la justicia social y la protección del medio ambiente. La NFRD no contiene requisitos exhaustivos de información. Aunque la Comisión había publicado directrices para la información no financiera en 2017, estas son muy concisas y abstractas. Mucho más completas y concretas son las normas voluntarias de información, como las de la Global Reporting Initiative.

Para acercar la información no financiera a la financiera y colmar las lagunas del sistema anterior, la Comisión de la UE no solo presentó en abril de 2021 el borrador para una nueva información sobre sostenibilidad, sino que también inició la elaboración de normas europeas para la información sobre sostenibilidad como otra medida central de reforma. Con ellas se pretende concretar y ampliar el contenido de los informes. Actualmente las está elaborando el Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG). Las normas europeas vinculantes para la elaboración de informes, las denominadas Normas Europeas para la Elaboración de Informes de Sostenibilidad (ESRS, por sus siglas en inglés), deberán adoptarse antes del 30 de junio de 2023 o 2024.

ESRS: ¿Qué requisitos tendrán que cumplir las empresas afectadas?

Las nuevas normas contienen requisitos para:

  • Aspectos medioambientales (clima, agua, economía circular, contaminación y biodiversidad).
  • Aspectos sociales (igualdad de trato, condiciones laborales y respeto de los derechos humanos).
  • Aspectos de gobernanza (órganos corporativos, sistemas de control interno y gestión de riesgos, lucha contra la corrupción, influencia política y prácticas de pago).

Las normas sectoriales especifican los requisitos para las áreas cuya actividad económica está asociada a riesgos y/o impactos elevados. Por consiguiente, incluyen, entre otros, la agricultura y la silvicultura, la minería, la industria manufacturera, el suministro de energía y agua, la construcción, el comercio, el transporte y el almacenamiento, el sector inmobiliario y la vivienda.

A través de estas normas sectoriales, las empresas deben describir su modelo de negocio y su estrategia y demostrar su capacidad de adaptación a las cuestiones de sostenibilidad.

Un cambio importante introducido por el CSRD es la clarificación del principio de la doble perspectiva de materialidad: En consecuencia, los asuntos se clasificarán como materiales si lo son tanto para el éxito empresarial como desde un punto de vista medioambiental o social. Anteriormente, los asuntos sólo eran materiales si se cumplían ambas condiciones, lo que, si se interpreta estrictamente, significa que sólo unos pocos asuntos son notificables.

La directiva también exige a las empresas que "revelen sus planes para garantizar que su modelo de negocio y su estrategia sean coherentes con la transición hacia una economía sostenible y con los objetivos de limitar el calentamiento global a 1,5 °C, en línea con el Acuerdo de París, y lograr la neutralidad climática para 2050".


Del mismo modo, se exigirá a las empresas que proporcionen información cualitativa, cuantitativa, orientada al futuro y al pasado, en toda la cadena de valor, en horizontes temporales a corto, medio y largo plazo. En este contexto, la cadena de valor incluye la propia actividad de la empresa, los productos y servicios creados y las relaciones comerciales de la empresa dentro y fuera del territorio de la Unión.

Las empresas sólo podrán apartarse de esta información muy completa sobre la cadena de valor en los tres primeros años de aplicación de la Directiva si explican por qué no disponen de esta información y cómo la obtendrán en el futuro.

En última instancia, el alcance ampliado y cualificado de la información debería poner fin al "lavado verde".

¿Dónde y cómo debe publicarse la memoria de sostenibilidad?

Para comunicar eficazmente este mayor contenido informativo y subrayar su importancia futura, en el futuro los informes previstos en la directiva se publicarán en una sección separada del informe de gestión. Hasta ahora, las empresas afectadas podían decidir por sí mismas si proporcionaban información sobre sostenibilidad en el informe de gestión, en distintos puntos del informe de gestión o en un informe de sostenibilidad aparte.

Además, en el futuro, el informe de gestión del grupo deberá elaborarse en formato XHTML legible por máquina, con el fin de mejorar la comparabilidad de la información con otras empresas para los inversores y otras partes interesadas.

¿Cómo se controlará la aplicación? - Auditoría y sanciones

A diferencia de la Directiva RSE, la Directiva sobre memorias de sostenibilidad prevé una auditoría externa obligatoria. Inicialmente, ésta sólo se llevará a cabo con garantías limitadas (revisión del auditor o "garantía limitada"). Sin embargo, a más tardar en octubre de 2028, la Comisión de la UE tiene previsto decidir si la profundidad de la auditoría aumentará de modo que se especifique una auditoría de garantía razonable para la presentación de informes. Esto hará que el nivel de garantía de los informes de sostenibilidad sea comparable al de los informes financieros.

¿Quién debe participar en los informes de sostenibilidad?

En el futuro, los informes no sólo deberán tener en cuenta las necesidades de información de los inversores, sino que también deberán mejorar el diálogo entre la empresa y otras partes interesadas, como organizaciones no gubernamentales, sindicatos y representantes de los trabajadores.

Por lo tanto, las empresas también deben describir cómo tienen en cuenta las preocupaciones de estas partes interesadas y los impactos relevantes para la sostenibilidad de sus actividades en sus modelos de negocio y estrategias.

A nivel de empresa, la dirección debe intercambiar puntos de vista con los representantes de los trabajadores sobre la elaboración de informes de sostenibilidad y la recopilación y verificación de la información, y también debe transmitir las opiniones de los representantes de los trabajadores a los órganos de dirección y supervisión pertinentes.

De este modo, la directiva sigue la normativa en otros ámbitos de la responsabilidad social de las empresas, por ejemplo la Ley sobre el deber de diligencia en la cadena de suministro, que también exige la participación de otras partes interesadas.

Por lo tanto, las empresas deben prepararse lo antes posible no sólo para la obtención de información adicional y para el desarrollo de informes de sostenibilidad, sino también para el discurso con otras partes interesadas.

Cómo puede ayudarle DQS

DQS es su socio en la verificación externa de las memorias de sostenibilidad. Tras la entrada en vigor del CSRD, realizaremos auditorías externas de las memorias de sostenibilidad elaboradas conforme a las normas ESRS a partir de 2025. También podemos ofrecer formación o evaluaciones de deficiencias para las normas ESRS.

No dude en ponerse en contacto con nosotros si tiene alguna pregunta o para hablar de futuros proyectos.

Autor
Constanze Illner

Constanze Illner

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